CONES emite la RESOLUCIÓN CONES N° 280/2022 – “QUE ACTUALIZA Y ESTABLECE LOS CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE CRÉDITOS ACADÉMICOS EN LAS CARRERAS DE GRADO Y PROGRAMAS DE POSTGRADO EN LAS MODALIDADES APROBADAS POR EL CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR (CONES)”.

El Consejo Nacional de Educación Superior (CONES), a través de la RESOLUCIÓN CONES N° 280/2022 “QUE ACTUALIZA Y ESTABLECE LOS CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE CRÉDITOS ACADÉMICOS EN LAS CARRERAS DE GRADO Y PROGRAMAS DE POSTGRADO EN LAS MODALIDADES APROBADAS POR EL CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR (CONES)”, establece que las Instituciones de Educación Superior (IES), deberán aplicar lo establecido en la normativa, a las carreras de grado o programas de postgrado (capacitación, especialización, maestría y doctorado), de todas las áreas del saber, con excepción de las carreras de grado y programas de postgrado en área de Ciencias de la Salud, las que se regirán por el instrumento normativo específico debidamente aprobado por el Consejo Nacional de Educación Superior (CONES).

Las instituciones de Educación Superior deberán incorporar el Sistema Nacional de Créditos Académicos en el Diseño Curricular de todos los proyectos aprobados legalmente y deberán establecer los mecanismos e instrumentos que evidencien el desarrollo y su implementación efectivamente; tendrán un plazo de 24 (veinticuatro) meses para realizar los ajustes a los proyectos académicos de carreras de grado o programas de posgrado para dar cumplimiento a esta resolución, pasado dicho plazo no se podrán registrar los títulos ante el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC).

Asimismo, se establece que dentro del plazo de 12 (meses) a partir de la promulgación de la presente resolución las mismas deberán presentar sus reglamentos de créditos académicos al Consejo Nacional de Educación Superior (CONES).

El CONES continúa trabajando en el ordenamiento de la Educación Superior en el Paraguay.