24 01 2020 D

A través de una plataforma digital, el Consejo Nacional de Educación Superior (CONES), llevó a cabo hoy martes 31 de marzo de 2020, la Sesión Plenaria Ordinaria correspondiente al mes. Con la participación de todas las representaciones del CONES, se resolvió la aprobación de 24 Títulos Extranjeros, que contaron con el dictamen favorable para aprobación por parte de la unidad de Reconocimiento del CONES.

El listado aprobado a continuación:

RE 1

RE 2

RE 3

RE 4

RE 5

RE 6

Fotografía: Archivo CONES.

Las resoluciones correspondientes a las aprobaciones de la fecha estarán disponibles a partir de los siguientes 15 días hábiles, y bajo confirmación digital

 

Captura logo

El Consejo Nacional de Educación Superior (CONES), llevó a cabo el martes 31 de marzo de 2020, la Sesión del Consejo Ejecutivo y  la Sesión del Consejo Plenario, mediante una plataforma digital, con la participación del 100% de las representaciones del Consejo, y con el desarrollo total del Orden del Día.

En la reunión coordinada por el Pbro. Dr. Narciso Velázquez, Presidente del CONES, se llevaron a cabo las aprobaciones de las Ofertas Educativas que han obtenido el dictamen favorable por las áreas técnicas del CONES, para Actualización e inserción al “Registro Nacional de Ofertas Académicas, Catastro de Carreras de Pregrado, Grado y Programas de Postgrado de Instituciones de Educación Superior”.

De este modo el CONES, ajustándose a las medidas sanitarias de aislamiento general dispuestas desde el Estado paraguayo, prosigue en el cumplimiento de sus funciones a través de mecanismos digitales, tanto para las gestiones operativas, reuniones del Consejo y Colaboradores, como de Atención al Público, a fin de seguir forjando la Educación Superior que el Paraguay merece.

El detalle de aprobaciones de la fecha se comparte a continuación:

Habilitaciones

Ha 1

Catastro

Ca 1

Ca 2

Ca 3

Ca 4

Ca 5

Ca 6

Ca 7

Ca 8

Las resoluciones correspondientes a las aprobaciones de la fecha estarán disponibles a partir de los siguientes 15 días hábiles, y bajo confirmación digital.

Foto: Archivo CONES.

encabezado

Resolución CE-CONES N° 05/2020 – Consejo Ejecutivo

“QUE MODIFICA Y AMPLIA EL PLAZO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 1° DE LA RESOLUCIÓN CONES N° 03/2020 (CONSEJO EJECUTIVO) DE FECHA 21 DE MARZO DE 2020 CONFORME LOS ALCANCES DEL DECRETO N° 3490 DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA REFRENDADO POR EL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL (MSPYBS) DE FECHA 28 DE MARZO DE 2020”

Asunción, 29 de marzo de 2020.-

Vista: La Ley N° 4995/2013 “De Educación Superior”, en especial lo dispuesto en el artículo 11° del citado cuerpo normativo que establece las facultades del Consejo Ejecutivo, así como las reglas internas e institucionales del CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR (CONES), en atención al Decreto N° 3490 de la Presidencia de la República refrendado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS) de fecha 28 de marzo de 2020, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto N° 3478 de la Presidencia de la República refrendado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS) de fecha 20 de marzo de 2020, amplía las normativas dispuestas en referencia al Decreto N° 3656/2020 y, en igual sentido, el Decreto N° 3490 (PE-MSPyBS) de fecha 28 de marzo de 2020, modifica el artículo 1° del citado Decreto N° 3478 y dispone el nuevo plazo referente al aislamiento preventivo general -por razones sanitarias- desde el día 29 de marzo hasta el 12 de abril de 2020, así como otras medidas administrativas comunes.

Por tanto, el Consejo Ejecutivo del Consejo Nacional de Educación Superior (CONES), conforme sus facultades y atribuciones establecidas en la Ley N° 4995/2013 “De Educación Superior”, la Resolución CONES N° 1/2014 y normativas concordantes;

RESUELVE:

Artículo 1°. AMPLIAR el alcance del artículo 1° de la Resolución CONES N° 03/2020 de fecha 21 de marzo de 2020 y adherirse al Decreto N° 3490 de la Presidencia de la República refrendado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS) de fecha 28 de marzo de 2020;y en consecuencia, ESTABLECER el cese de actividades en la sede del CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR (CONES), hasta el día 12 de abril de 2020, retomándose la atención y asistencia en la sede del CONES el día lunes 13 de abril de 2020.-

Artículo 2°. Se expondrá la presente Resolución en un lugar visible de la sede del Consejo Nacional de Educación Superior (CONES), continuarán y quedarán habilitados los siguientes correos electrónicos para la atención al público y a los usuarios del sistema de educación superior: mesadigital.reconocimiento.cones@gmail.com ; mesadigital.proyectos.cones@gmail.com ; secretaria@cones.gov.py.-

Consejo Nacional de Educación Superior

Captura logo

Resolución CE-CONES N° 05/2020 Consejo Ejecutivo: “QUE MODIFICA Y AMPLIA EL PLAZO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 1° DE LA RESOLUCIÓN CONES N° 03/2020 (CONSEJO EJECUTIVO) DE FECHA 21 DE MARZO DE 2020 CONFORME LOS ALCANCES DEL DECRETO N° 3490 DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA REFRENDADO POR EL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL (MSPYBS) DE FECHA 28 DE MARZO DE 2020”.

[embeddoc url=»http://www.cones.gov.py/wp-content/uploads/2020/03/RES.-CE-CONES-N°-05-2020-vf..pdf» download=»all»]

 

Captura logo

El Consejo Nacional de Educación Superior (CONES), órgano rector de la Educación Superior del Paraguay, en observancia a lo establecido en la Ley. 4995 de Educación Superior, que le otorga la función de proponer las políticas para el desarrollo y el funcionamiento de la Educación Superior, de acuerdo con los planes de desarrollo nacional, dispone otorgar a las Instituciones de Educación Superior  (IES) del Paraguay, la facultad de aplicar estrategias de Enseñanza – Aprendizaje, en base a soportes digitales a distancia.

El CONES otorga a las IES la facultad de implementar y aplicar las herramientas digitales de enseñanza-aprendizaje, en sustitución de las clases presenciales, a fin de desarrollar los contenidos de las asignaturas o disciplinas de las carreras de grado y programas de postgrado -legalmente habilitados- siempre y cuando la naturaleza y condiciones de las mismas lo permitan, y a fin de acompañar los procesos y el calendario académico de las entidades educativas.

El mecanismo digital que será aplicado e implementado en sustitución de las clases presenciales, será  a fin de evitar la aglomeración de personas, en referencia al aislamiento preventivo general -por razones sanitarias- se encontrará vigente únicamente hasta el día 12 de abril de 2020. En ningún caso, la aplicación de dichas herramientas modificará la calidad o condición de habilitación de las carreras de grado o programas de postgrado.

Para dar cumplimiento a las disposiciones expuestas, el CONES solicita a todas las IES que lleguen a la aplicación de los procesos expuestos, la remisión vía nota, del listado de Carreras de Grado y Programas de Postgrado que se verán afectados en este tiempo con esta adecuación, en el plazo de 5 días hábiles, contados desde el 21 de marzo de 2020, a través del correo: secretaria@cones.gov.py

Referencia: Resolución CE N° 4 – Consejo Ejecutivo.

Captura logo

El Consejo Nacional de Educación Superior (CONES), informa a toda la comunidad educativa y a la ciudadanía en general, el desarrollo de sus actividades exclusivamente bajo la Modalidad a Distancia, del 21 al 28 de marzo de 2020.

Esta medida asumida desde el Consejo Ejecutivo del CONES, obedece a lo resuelto en el Decreto N° 3478 de la Presidencia de la República (20/03/2020), por el que se amplía y establece nuevas medidas en el marco de la emergencia sanitaria declarada ante el riesgo de expansión del Coronavirus (COVID-19),  en el territorio nacional, disponiendo el aislamiento preventivo general.

De este modo el CONES, sumado a las indicaciones dadas por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS), trabajará la Atención al Público a través de mecanismos digitales tanto a nivel interno y externo, según el «Protocolo para recepción y tramitación digital de los servicios ante el CONES», establecido el 12 de marzo de 2020. Las actividades presenciales serán retomadas nuevamente el lunes 30 de marzo de 2020, salvo nuevas disposiciones de rigor nacional.

Referencia: Resolución CE N° 3 – Consejo Ejecutivo del CONES.

 

Captura logo

El Consejo Nacional de Educación Superior (CONES), a través del Consejo Ejecutivo integrado por el Pbro. Dr. Narciso Velázquez Ferreira, Presidente; el Dr. Clarito Rojas Marín, Vicepresidente; y el Abg. Derlis Noguera, Secretario, comunica cuanto sigue:

  1. El CONES, recibe informaciones sobre que algunas Instituciones de Educación Superior (IES), no suspenden las clases presenciales. De ser ciertas estas informaciones configurarían actitudes contrarias a las instrucciones y recomendaciones de las instancias sanitarias de nuestro país.
  1. Las disposiciones normativas emanadas de las autoridades administrativas y sanitarias de nuestro país son motivadas en una alerta por una pandemia que peligra la propagación de un virus. El aislamiento es en vista al bien de toda la sociedad. Su observancia no es de carácter opcional sino obligatoria e irrestricta.
  1. El incumplimiento de las normativas administrativas y sanitarias establecidas especialmente para estas circunstancias, expone al grupo social específico a un mal directo. La consecuencia puede desembocar a hechos peores e incalculables. En prevención a ello se exhorta a todas las Instituciones de Educación Superior a cooperar activamente, siguiendo las recomendaciones de público conocimiento y no desoír las mismas. De verificarse actos contrarios debe procederse a mecanismos facultados por la misma Ley N° 4995/2013 “De Educación Superior” (Art. 87° y concordantes).
  1. Se recomienda a las Instituciones de Educación Superior, sujetas a la Ley N° 4995/2013 a implementar otros mecanismos académicos alternativos que sustituyan las clases presenciales y eviten, el contacto, la aglomeración y exposición de personas, mientras duren las medidas dispuestas por nuestras autoridades nacionales y de aquellas especialmente encargadas de tutelar la salud de la población.

Asunción, 19 de marzo de 2020.

Captura logoEl Consejo Nacional de Educación Superior (CONES), en atención a la vigencia del Decreto N° 3442 “Por el cual se dispone la implementación de acciones preventivas ante el riesgo de expansión del CORONAVIRUS (COVID-19) al territorio nacional”, a través de la Dirección de Administración y Finanzas de la institución, establece el siguiente instructivo para proceder al cobro de los Aranceles en los siguientes casos:

Caso 1: Pago de Resoluciones de Aprobaciones del CONES

  • El pago será depositado en Cheque en el Banco Itaú. Cuenta del Consejo Nacional de Educación Superior – Cta. Cte. 30035820/7. Para los casos de Instituciones de Educación Superior (IES), que no dispongan de Cuenta Bancaria, se procederá al depósito en efectivo del importe.
  • Seguidamente se deberá remitir en formato PDF la copia de la Boleta de Depósito en el correo: mesadigital.daf.cones@gmail.com a  fin de que el Jefe del Departamento de Finanzas pueda verificar en la banca web institucional el pago efectuado.
  • Una vez confirmada la recepción del pago en la banca web institucional, el CONES remitirá una copia en PDF del Recibo de Dinero realizado por el Dpto. Financiero, y una copia de la Resolución de Aprobación, al correo de la institución solicitante.

Caso 2: Pago de Admisibilidad

  • Las IES deberán abonar los respectivos aranceles, luego de recibir la Nota de Admisibilidad de los proyectos presentados para estudio, vía correo electrónico por parte de encargados del CONES. El pago se realizará según el procedimiento descripto en el Caso 1.

Caso 3: Pago para Reconocimiento de Títulos Extranjeros

  • El pago se realiza una vez recibida la Notificación de Pago por parte del CONES, a través del correo mesadigital.reconocimiento.cones@gmail.com
  • El depósito del importe indicado, será realizado en la Cta. Cte. 30035820/7 habilitada en el Banco Itaú, a nombre del Consejo Nacional de Educación Superior.
  • Realizado el depósito, se deberá enviar en formato PDF la copia de la Boleta de Depósito al correo: mesadigital.daf.cones@gmail.com, a fin de que el Jefe del Departamento de Finanzas pueda verificar en la banca web institucional el pago efectuado.
  • Confirmado el pago se realizará el Recibo de Dinero por parte del CONES, y el mismo será remitido como copia en PDF, al correo del usuario.

Observación: Una vez restablecidos los servicios de atención al usuario en forma presencial, se procederá a la entrega física de los documentos elaborados desde el CONES (Recibo de Dinero y Resolución CONES).